La tecnología de blockchain, también conocida como cadena de bloques, que fue desarrollada a partir de 2007 por Satoshi Nakamoto para crear las criptomonedas denominadas bitcoins, gracias a sus características y elementos tiene muchas aplicaciones pero también importantes retos legales.

¿Qué es el blockchain?

Lo más característico del blockchain es que funciona como un gran registro público digital que debido a la inmutabilidad de su sistema de trazabilidad y el consenso de la comunidad permite conocer y registrar cada transacción que se realice en la red, como si de un Libro Mayor de contabilidad se tratara en el que todas las transacciones se anotaran.

En palabras de la Comisión Europea, la tecnología blockchain permite que personas y organizaciones que pueden no conocerse o no confiar entre sí acuerden colectivamente y registren permanentemente la información sin la intervención de una tercera autoridad. Al crear una confianza en los datos que antes no era posible, la cadena de bloques tiene el potencial de revolucionar la forma en que compartimos la información y realizamos las transacciones en línea.

¿Cuáles son las principales aplicaciones del blockchain?

De esta forma, aunque esta tecnología ha estado siempre ligada a las findtech o servicios financieros debido a su origen, lo cierto es que puede ser utilizada en muchos otros sectores y negocios. A modo de ejemplo, citaremos los siguientes:

  • En el sector cultural, para el registro de las obras de creación y la gestión de los derechos de explotación. Gracias a esta tecnología podemos conocer en un solo archivo digital toda la información referente a la titularidad de una obra y sus transacciones. En concreto, ya está siendo utilizada en el mundo del arte, pero también podría serlo en las obras audiovisuales o en las musicales.
  • En el sector energético.
  • En el sector inmobiliario, para el registro de títulos de propiedad, compraventas y de bienes raíces. Son muchos los Países que ya han incorporado la blockchain o la están incorporando a sus sistemas de registro de la propiedad. Es el caso de Japón, Suecia, Reno Unido y España. En el caso de España, en concreto, el Colegio de Registradores de España firmó un acuerdo con el consorcio español Alastria e ICADE para el desarrollo de una plataforma de blockchain.
  • En el sector salud, la tecnología de blockchain tiene una fuerte aplicación práctica en el sector sanitario pues a través de ella puede utilizarse para el rastreo de muestras o el desarrollo de plataformas de intercambio de datos de salud. Por ejemplo, podría utilizarse en ensayos clínicos, así como para la gestión administrativa de los datos de salud.
  • En el sector agroalimentario y de logística, las características de inmutabilidad y trazabilidad propias de la blockchain la hacen sumamente atractivas para sectores donde es fundamental poder realizar una trazabilidad de los productos.

Como vemos puede ser utilizada en muy diferentes sectores pero también plantea retos legales, básicamente porque al ser una nueva tecnología no existe una regulación jurídica específica y muchas son las inseguridades que desde el punto de vista legal se plantean o por lo menos a mí, al escribir este artículo se me han planteado precisamente por las características de la propia tecnología.

Principales retos legales del blockchain

Los principales retos podrían resumirse en:

  1. Cómo se protegen los derechos relativos a los datos personales. Las características de la descentralización y la inmutabilidad propias de esta tecnología plantean dudas sobre la identificación del Responsable del Tratamiento de los datos personales y debido a la inmuatiblidad habrá que analizar cómo los interesados podrán ejercer el derecho a la supresión de los datos o el derecho a la rectificación, así como la ubicación de la información e impacto de transferencias internacionales de datos.
  2. En materia de Propiedad Intelectual. El desarrollo de esta tecnología, aunque en principio están basados en sistemas operativos de código abierto como Linux que no necesitan de licencia para su uso (otras son las formas de amortizar el coste de su desarrollo como el gasto derivado del almacenamiento de la información y de la validación de las transacciones), para su aplicación en los diferentes sectores necesita de desarrollos posteriores así como su integración en los sistemas informáticos propios de los usuarios que vayan a utilizarla lo que conllevará consecuencias desde el punto de vista de la titularidad y explotación de esos desarrollos.
  3. En materia de resolución de conflictos. ¿cómo se resolverán los conflictos que surjan en relación a las transacciones que se registran en la cadena de bloques? ¿cómo se registrará la anulación de una transacción? Y ¿la anotación de una carga?.
  4. La regulación de los smart contract utilizados para la validación de las transacciones, plantean grandes retos jurídicos en el sentido de cómo traducir al lenguaje informático todas las posibilidades e interpretaciones de los contratos como los conocemos hoy en día.
  5. La responsabilidad de los intermediarios. Una cuestión a interpretar será cuál es el papel que tendrán los intermediarios en el uso de esta tecnología. Para utilizar esta tecnología es necesario contar con permisos para su acceso. Por lo que una cuestión a plantear será la responsabilidad del administrador que se encargue de dar estos accesos y permisos a la plataforma Y si la plataforma se utiliza para fines ilícitos, cuál será la responsabilidad.

Conclusión

Como toda nueva tecnología que es tecnológicamente compleja, la tecnología blockchain, provoca desconfianza e inseguridad en su uso y aplicación. Todos recordamos cuando surgió el cloud, las inseguridades que esta tecnología generaba en cuanto a la ubicación de la información y la seguridad de la información y que, actualmente, todo el mundo utiliza con total seguridad y confianza. Por lo que serán la confianza y la seguridad las claves para que esta nueva tecnología se integre y sea utilizada con total normalidad.

María Suárez Pliego, Socio de propiedad intelectual y privacidad en Andersen, miembro del Grupo Internacional de Autelsi.